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Inventario De Bienes

Se verifica la existencia y condiciones (no la propiedad) de los bienes muebles o inmuebles que el solicitante requiera, así como la constatación de la ubicación de estos en el lugar señalado en la solicitud.

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Requisitos: Solicitud o Minuta dirigida al Notario, autorizada por Abogado, consignando los datos siguientes:

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  • Datos personales del (los) solicitantes.

  • Indicación del lugar donde se llevará a cabo el inventario.

  • Señalamiento genérico de los bienes, incluyendo su ubicación en caso de bien inmueble.

  • Indicar los medios probatorios y anexos que se adjuntan. Entre los medios probatorios se tiene: - Copia legible del DNI del (los) solicitante (s). - En caso se desee incluir bienes no señalados en la solicitud inicial, presentar el documento que acredita la propiedad, inclusive hasta el momento en que se realiza la diligencia de inventario.

  • Fecha y firma.

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Cualquier interesado puede solicitar al Notario que incluya en el inventario un bien que fue omitido en la solicitud inicial, acreditando su titularidad. La exclusión de bienes inventariados se realiza únicamente por vía judicial. Base Legal Artículos 14º, 29º al 34º de la Ley 26662, Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos.

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